Donostia Sahara


Integración para un Futuro Mejor

Fuerteventuragigital

 

         Sabado, Mayo 10, 2008 12:31:53 AM

Análisis de un Sahara independiente:Realidad y fantasía en el gobierno marroquí por *Grupo Interuniversitario de Opinión

 

 

 

Las autoridades del Reino Encantado de Marruecos no caben en sí de gozo y alegría por la sorprendente, y casi milagrosa,  última resolución del Consejo de Seguridad, concretamente la número 1813 (2008). Después de tantos años de guerra, de limpieza étnica, torturas y desapariciones; después de tantas inversiones y reinversiones copiosas en la compra de voluntades, en corrupción y chantaje, el Miramamolín jerifiano ha visto compensados sus regios esfuerzos. Y hasta hay quien cree que se ha salido con la suya, es decir, que el Sáhara Occidental será marroquí de todas las maneras.

Está claro que el que la sigue la consigue y los dos miramamolines alauitas, Hassán II y su vástago Mohamed VI,  no han hecho más que seguir en sus trece en lo que respecta a la ocupación militar del Sáhara Occidental. Por muy ilegítima, ilegal e inmoral que haya sido, y es, la invasión del territorio de un pueblo vecino y amigo, finalmente los sanguinarios agentes de planificación estratégica del Reino Encantado, léase franceses, israelitas, estadounidenses y algún que otro desvergonzado español, han obtenido una recompensa inigualable del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

 No hay más que ojear la prensa encantada marroquí para darse cuenta del triunfalismo verborréico y desbordado que emana de sus sonrientes páginas rayanas en la insolencia. Y uno se imagina que no es para menos, pues de la noche a la mañana han visto su quimera hecha realidad; su delirante y patético proyecto del Gran Marruecos a medio camino de realizarse. Ahora le tocaría el turno a Mauritania, Malí y Argelia... sin hablar de España, claro. Hasta aquí, el delirium tremens y la cabezonería política del Majzén marroquí. Pero pasemos a la realidad y seamos realistas.

La tan sonada y afamada resolución 1813 del presente año con la que Marruecos, en un enésimo ataque de delirio paranoide, pretende crear jurisprudencia y sentenciar el Sáhara Occidental a una marroquí dad inapelable, no se diferencia de las anteriores resoluciones más que en la utilización por primera vez del término "realista". El Consejo de Seguridad, tras recordar "todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental" y reafirmar "su decidido apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Personal por aplicar las resoluciones 1754 (2007) y 1783 (2007) [y ]  su compromiso de ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental", toma varias decisiones, entre las cuales la segunda dice así:

" Hace suya la recomendación del informe de que la visión realista y el espíritu de compromiso de las partes son esenciales para mantener el impulso del proceso de negociaciones".

Independientemente de las pretensiones ocultas, y no tan ocultas, de algunos miembros permanentes del Consejo de (In)Seguridad (véase la declaración licantrópica del americano Alejandro Wolf o la cínica del francés Jean-Maurice Ripert ¡si Astérix saliera de su viñeta!), la frase no presenta mayores problemas desde el punto de vista lingüístico. Respecto al vocablo de la discordia, "realista", tampoco es que dé para tanto: la acepción  de "monárquico"(la que dejaría babosos al Majzén y sus compinches) queda descartada al ser el texto español una traducción del original inglés. La relacionada con el sistema estético tampoco ha lugar, con lo que la acepción más adecuada y ajustada al contexto es la que dice así: " Que actúa con sentido práctico o trata de ajustarse a la realidad".

En este sentido, el Consejo de Seguridad considera, como algo esencial para mantener el impulso de las negociaciones, que Marruecos y el Frente Polisario traten de ajustarse a la realidad y obren con espíritu de compromiso. Es decir, que la recomendación va dirigida a los dos por igual: los dos deben ser realistas y los dos deben comprometerse y respetar los compromisos. Sin embargo, esto ha sido interpretado por los hermeneutas y trujamanes majzenianos como un reconocimiento simple y llano de que el Sáhara Occidental es Marroquí y lo único a lo que puede aspirar su pueblo es a una autonomía. Este tipo de interpretaciones textuales es denominado por Umberto Ecco interpretaciones paranoicas.

Pero todavía hay más, pues lo que es interpretado por muchos como una deriva en las intenciones del Consejo de Seguridad hacia una aceptación de la realidad de la ocupación por parte del Frente Polisario, en la realidad y en el texto parece más bien decir lo contrario, pues la intención textual ofrece poco margen de maniobra, por no decir ninguno, y en este sentido, lo mismo ha traicionado la intención de sus autores. Y cuando las dos partes son invitadas a ajustarse a la realidad, la única realidad conocida y válida desde el punto de vista legal y moral, es la de treinta y dos años de ocupación militar donde las violaciones de los derechos humanos han sido algo sistemático y minuciosamente programado.

Un acercamiento realista a esta realidad deleznable y condenable para todo ser humano es la puesta en marcha de mecanismos de urgencia que la hagan desaparecer una vez por todas y que le devuelvan al pueblo saharaui su realidad: disfrutar de paz, democracia y libertad sobre su propio territorio. Una visión realista por parte de Marruecos es aceptar lo que todo el mundo sabe: el Sáhara Occidental no es marroquí y nunca lo ha sido.

En lo referente al espíritu de compromiso, la recomendación se convierte en un buen tirón de orejas a Marruecos que, como es bien sabido, no suele acatar sus compromisos internacionales, sin olvidar que lleva incumplidas más de setenta resoluciones de la ONU. El Frente Polisario hasta ahora ha cumplido todos sus compromisos con Marruecos y con la Comunidad Internacional.  

La reacción del Majzén marroquí tras la publicación de la citada resolución ha sido una respuesta refleja y canallesca muy similar y en muchos aspectos mimética de la protagonizada por Hassán II tras el revés sufrido por la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia el 16 de octubre de 1975. Esperemos que esta vez la Marcha Verde sea en sentido contrario, de vuelta a casa, y que la visión realista acompañe y asista al Majzén marroquí.


                                          
*Larosi Haidar……………..UGR
  Agustín Millares Cantero…ULPGC
  Sergio Ramírez Galindo…..ULPGC
  Manuel de Paz Sánchez…...ULL
  Carlos Ruiz miguel………..USC

 

 

El Sahara Lastra a Marruecos

الهجرة وتحدياتها في المجتمع الصحراوي

10/04/2008

بقلم: وردة حمودي أحمد بابا

 

تعتبر الهجرة ظاهرة إنسانية سكانية تتمثل في الانتقال من مكان إلى إخر، تم الإعتراف بها عالميا منذ أكثر من نصف قرن ضمن الإعلان العالمي لحقوق الإنسان 10 ديسمبر 1948، فمن ناحية إقتصادية يمكن أن يكون للهجرة المنظمة مردودا إيجابيا كبيرا، سواء على المجتمعات المهاجر منها أو المهاجر إليها، وتشير تقديرات الأمم المتحدة إلى أن عدد المهاجرين في العالم وصل إلى حدود 200 مليون شخص سنة 2007، ولكن بقدرما يسهم المهاجرون في بناء المجتمعات المستضيفة، بقدر ما يمثل ذلك خسارة موارد بشرية للدول المهاجر منها أي مايعرف بهجرة العقول والكفاءات.

كما أن الهجرة قد تتسبب في خلق توترات سياسية اقتصادية أو اجتماعية في البلدان المهاجر إليها، وهو ما جعل موضوع الهجرة الدولية ينتقل إلى صدارة الإهتمامات الوطنية والدولية، وأصبحت الهجرة الوافدة من المسائل المقلقة في عدد متزايد من البلدان الأمر الذي حذا بهذه البلدان لاسيما في السنوات الأخيرة إلى تشديد الإجراءات تجاه المهاجرين إليها وطالبي حق اللجوء، فالمفهوم المتعارف عليه للهجرة هو أن يترك شخص او جماعة من الناس مكان اقامتهم لينتقلوا للعيش في مكان آخر، وذلك مع نية البقاء في المكان الجديد لفترة طويلة، أطول من كونها زيارة او سفر.

وتصنف الهجرة حسب الهدف منها والغاية الدافعة إليها، وحسب الزمان والمكان والكم، والطبيعة القانونية لها، فالهجرة حسب الطبيعة القانونية قد تكون هجرة شرعية، تتم في إطار قانوني من خلال قيام المهاجر بإعداد الوثائق المطلوبة بطريقة قانونية متفق عليها دوليا قصد الدخول إلى البلد المضيف، وقد تكون غير شرعية، إذ يتم من خلالها الدخول إلى البلد المضيف بطريقة غير قانونية يخاطر فيها المهاجر بنفسه بحثا عن تحسين مستواه المعيشي، ومن حيث المكان تكون إما داخلية من البوادي صوب المدن أو خارجية وتتمثل في مغادرة البلد الأم إلى بلد أخر قصد العمل أو الإقامة، ومن حيث الزمان تكون إما موسمية "مؤقتة" يعود فيها المهاجرون بعد فترة إلى مناطقهم أو دائمة "نهائية" بعد إستقرار المهاجرين بصفة نهائية في مواطن الهجرة، أما من حيث الإرادة فقد تكون الهجرة إما إختيارية يقوم بها الأفراد طواعية، أو إضطرارية حين يجبر الأشخاص على الهجرة بسبب الظروف الطبيعية أو السياسية، ومن حيث الكم، تكون إما فردية وهي الغالبة أو جماعية تتمثل في هجرة كل أفراد الأسرة أو جماعات بسبب الحروب وغيرها .

وفي السنوات الأخيرة عرف المجتمع الصحراوي تزايد مستمر في معدل الهجرة حيث وصلت إلى أعداد كبيرة جدا لم نشهدها من قبل، حيث أن اغلب المهاجرين هم من الذين يعيشون في مخيمات اللاجئين بنسبة 99% أي أكثر من 3000 مهاجر حسب إحصائيات سنة 2007، 70% منهم شباب، دون أن ننسى المهاجرين من المدن المحتلة وجنوب المغرب لكن بنسبة أقل مما هي عليه في مخيمات اللاجئين، وما نلاحظه أن نسبة هؤلاء المهاجرين كانت جلها إلى إسبانيا نظرا لعدة عوامل، ذاتية وموضوعية، وكذا عوامل تاريخية وثقافية

ولقد مرَت الهجرة في المجتمع الصحراوي بمرحلتين أساسيتين لكل مرحلة مايميَزها عن الأخرى فكانت أولهما سنة 1960 إلى غاية 1991، والتي كانت الوجهة فيها في فترة ماقبل الغزو المغربي للصحراء الغربية، إلى فرنسا وموريتانيا خاصة، كما شهدت هذه المرحلة عودة المهاجرين الصحراويين إلى أرض الوطن سنة 1975 نظرا للظروف التي يمر بها المجتمع الصحراوي في تلك الفترة من غزو وتشريد ولجوء، ودام الوضع على ماهو عليه إلى غاية 1991 (وقف اطلاق النار) وإلى يومنا هذا، حيث شهدت هجرة جديدة ومتزايدة وكانت وجهتها خاصة إلى إسبانيا، ويمكن إعتبار عامل اللغة والروابط التاريخية والثقافية من بين أهم العوامل التي جعلت الهجرة الصحراوية تتجه بشكل خاص إلى هذا البلد، إضافة إلى التسهيلات النسبية التي تمنحها السلطات الاسبانية للصحراويين فيما يتعلق بالوثائق وغيرها، كما ويمكن ان نرجع هذا التزايد المستمر في معدل الهجرة إلى أسباب عدَة منها ماهو سياسيا، اقتصاديا أو اجتماعيا :
- إستمرار الوضع الراهن (حالة لاسلم لاحرب) وعدم ظهور بوادر للحل .
- مشاكل سياسية (توجه سياسي مختلف).
- العمل من اجل حل المشاكل المادية أو إيجاد فرص للتوظيف في الإختصاص كما هو الحال للأطباء وغيرهم.
- الرغبة في ممارسة نشاطات إقتصادية.
- الدراسة إمَا عن طريق القنوات التنظيمية أو إثر البقاء من الجولات الصيفية .
- الرغبة في الإستفادة من الفرص التي يمنحها الغرب في ممارسة الأنشطة السياسية.
- الحصول على وثائق إقامة بالبلد المضيف.
- العلاج.....الخ.

كل هذه الأسباب وغيرها جعلت من المواطن الصحراوي وخاصة الشباب الذي يعتبر المجتمع في أمس الحاجة اليه، شغله الشاغل الحصول على تاشيرة لمغادرة الوطن الأم، أمَا المهاجرين من المناطق المحتلة فبالإضافة إلى الوضعية الإقتصادية الصعبة التي يعيشونها فإن غالبيتهم يفكرون في الهجرة نظرا لما يتعرضون إليه يوميا من قمع وتنكيل على أيادي الغزو المغربي، والبعض الأخر يهجَر غصبا عنه عن طريق تهجيره في قوارب الموت حيث أثبتت الإحصائيات مؤخرا أنَ أزيد من 75 شابا صحراويا لقوا حتفهم في مياه المحيط في شهر ماي 2005، وأكثر من 52 في شهر نوفمبر من نفس السنة، كما سجلت الإحصائيات أكثر من 50 شخصا من بينهم 9 أطفال ماتوا غرقا في فبراير 2006، وإختفاء 15 شخصا مازال يجهل مصيرهم حتى الأن، ناهيك عن اللذين فقدوا .

الهجرة من المناطق المحتلة في مجملها تتم بطريقة غير قانونية نظرا للتسهيلات التي تمنحها السلطات المغربية لهذا الغرض من أجل إخلاء الأرض من سكانها الأصليين (الصحراويين) وخاصة الشباب منهم.

ومما لاشك فيه أن للهجرة إيجابيات عدة سواء على المجتمعات المهاجر منها أو المهاجر إليها، كما ولديها سلبيات كذلك. ومن بين أهم سلبيات الهجرة داخل المجتمع الصحراوي مايلي:

- هجرة العقول خاصة تلك التي يعتبر المجتمع في امس الحاجة اليها مثل الاطباء، الاساتذة، المهندسين، ......الخ
- نشأة جيل من الصحراويين محكوم عليه بلاَ هوية، فلا هم إسبان بمعنى الكلمة ولا هم صحراويون في الثقافة والميولات وحتى الأفكار والمعتقدات.
- وجود عائلات كاملة في المهجر تزداد المسافة يوما بعد يوم بينهم ومجتمعهم الأصلي .
- وجود جالية كبيرة العدد لكنها غير مؤطرة بشكل يجعلها تؤثر في المحيط الذي تتواجد فيه وعديمة المردود على المنظمة والمجتمع، خاصة في الازمات فمثلا: الأمطار الأخيرة التي شهدتها مخيمات اللاجئين فبراير 2006 لم يحرك الصحراويون الموجودين في المهجر أي ساكن ولم يقم احد منهم بمجهود إعلامي او تبرع مادي.
- إهمال بعض المهاجرين لبيوتهم وأبنائهم والإكتفاء ببعث المساعدات المادية لهم وحرمانهم من الأبوة او الأمومة والتي لا تقدر بكنوز الدنيا.
- إنعدام روح المبادرة والتطوع لدى المهاجرين أثناء المناسبات في وقت يقوم الأجانب بهذه المبادرة.
- وجود الزواج المختلط خاصة زواج الصحراويين مع الأجنبيات.
- تهديد المهاجر الصحراوي بالانحراف (تعاطي المخدرات والكحول) وإنهيار القيم الأخلاقية والدينية.

وقد يرى البعض أن الهجرة هي الفردوس الذي كان يحلم به وان كل امانيه قد تحققت بتحققها ولكن مايبرح ذلك الحلم ان يتبخر، معزيا نفسه بمكاسب مادية تدخل يده بين الفنية والأخرى، وهنا لابد من الإشارة الى ان جل المهاجرون الصحراويون يصنفون ضمن العمالة ذات الأجرة الضئيلة لأن معظم أعمالها إما موسمية أو غير قانونية، ولكن في هذا الخضم يمكن حصر المزايا المحصل عليها من الهجرة كالاتي:

- نشر القضية الوطنية من خلال اقامة ملتقيات، المشاركة في المظاهرات ...الخ
- تسوية الوضعية القانونية للاقامة وحتى التجنس مما يعطي حرية التنقل بين الوطن والمهجر.
- الحصول على راس مال ساهم في حل المشاكل المادية للاسر التي لديها مهاجرين.
- الاستفادة من التقدم العلمي والتكنولوجي .

فالهجرة أصبحت ضرورة حتمية على كل دول العالم فرضتها التغيرات السياسية والاقتصادية الجديدة أو ما يعرف بالعولمة التي القت بظلالها على المجتمعات والشعوب على حد سوا، والمجتمع الصحراوي لا يمكن أن يكون بمعزل عن هذا العالم وما يشهده من موجات التغيير، الا أنه وعلى الرغم من الصعوبات التي يعانيها المهاجر الصحراوي َ فإن ذلك لم يقلل من عزيمته ومن حبه للوطن، وإيمانه بعدالة ونزاهة القضية الوطنية وإصراره الدائم على اثبات ذلك في كل المحافل الدولية، كما انه مستعد لدفع الغالي والنفيس في سبيل هذا الوطن حتى تحقيق الهدف الأسمى وهو الإستقلال، وهذا ما نلاحظه جليا من خلال المظاهرات والوقفات التضامنية مع الشعب الصحراوي التي تقام سنويا في العاصمة الإسبانية مدريد وحضور الآلاف من المهاجرين الصحراويين، في سبيل خدمة الوطن باي شكل من الأشكال.

لكن وبالرغم من هذا كله فيبقى الوطن الام دائما بحاجة الى ابنائه اينما وجدوا، وأينما ارتحلوا، وعلى المهاجر هنا ان يضع في الحسبان اننا في فترة صعبة، بدءا بوقف إطلاق النار مرورا بالظرف المعاش حاليا وصولا الى المفاوضات الأخيرة، هذا كله يحتم على المهاجر الصحراوي ان يطرح كل التوقعات في ذهنه وان يكون في استعداد لذلك .

 

إلى صالح ولد حننه، بعد التحية..

 

30/03/2008

بقلم: محمد فال ولد سيدي ميلة

 

يشقيني جدا أن اكتب إليك بأسلوب المخاطب المفرد غير المفخم .. لكن الرحلة إلى من يجعلون "الأعزة أذلة" نزاعة للألقاب، فتاكة بالأوصاف .. فلتعذر (انت) سخرية القدر إذ أنزلتك من عاج الأسطورة إلى غبار الواقع، ولنعذر (نحن) إكراهات المقر والعمل والمهرجانات.

لقد كنت، في مقدمة الزحف، فارسا شهما، لم تجبن لك خيل أبدا، وان تذكرت مرابضها مرتين. كنت في مخيلتنا فارس التغيير، صانع طريق الإصلاح، فاتح قلاع الأمل. كانت انقلاباتك، رغم الفشل الذريع، قمة في التمسك بخط التغيير والوقوف إلى جانب المقهورين الطامحين إلى الإنصاف، فكنت بذلك رمزا للعدالة، ليس في موريتانيا فحسب، بل في شبه المنطقة، وربما في أية بقعة يعيش أهلها القهر والظلم والجبروت.

وهكذا اصبح اسمك ملازما لاصلاح، ملاصقا للعدل، مترجما للقيم، مذكرا بالمثل في أقصى طوباويتها. وفي غفلة من الجميع نراك تسبح مع "الدراويش" في محيط ضحل كنا نحسبك آخر من سيعتامه. انها مفاجئات الدنيا الدنيئة: تلك القادرة وحدها على تحويل البطل من رمز ملائكي الى ميكافيل من الورق الباهت!..

قلت على شاشة الجزيرة، أمام ملايين المشاهدين، انك تدعو إلى تقرير المصير بشأن الصحراء الغربية، وبعثت إلى مدينة اتفاريتي شخصية بارزة من حزبك، فقرأت بيانا رسميا، اعد سلفا، أكدت فيه تمسك حاتم (!!) المبدئي بحق الصحراويين في تقرير مصيرهم وتضامنه مع نضالاتهم المشروعة. واليوم تطلع علينا من شاشات مغربية داعيا إلى الاستقلال الذاتي، مؤيدا طروحات المخزن، ومعتبرا أن بناء دولة سادسة في المغرب العربي غير وارد.

إنها بداية مسلسل الانتكاسات: مرض أصاب قبلك الكثير من الساسة والأطر الموريتانيين، غير أننا كنا نقبل من غيرك ما لا نقبل منك، لأنك ببساطة احد الرموز المنقوشة في عمق ذاكرتنا. فماذا دعاك إلى الوقوف إلى جانب القاهرين وترك مقعدك شاغرا بين المقهورين؟

محزن جدا أن تصبح طافح اليوم بعد أن كنت صالحا الأمس، فماذا تريد أكثر من رمز كبير له ماضي مشرف؟ وماذا تريد أكثر من برلماني محترم، وزعيم حزب محترم، وصاحب صيت ذائع؟ وكيف تقبل أن تذرو عاصفة المصالح كل هاتيك المكتسبات؟ .. انه لمن دواعي الشفقة عليك أن تختار اليوم صف الرجعيين وأنت متكئ على الأرائك في قلب كل مظلوم!.. قد يقول قائل بان خلفيتك القومية (الناصرية) ترفض إقامة دولة (أو دويلات كما تسمونها) عربية جديدة، لان ذلك "يزيد من تشرذم الأمة". لكن هذا يقتضي منك فهم فكرتين أساسيتين: الأولى أن الناصريين هم من أسقطوا الملكية في مصر واضعين أسس نظام جمهوري شعبي وبالتالي كانوا بحكم طبيعتهم الثورية ضد الملكية بكل تجلياتها (التوسعية والإقطاعية)، والأمر في الصحراء الغربية يتعلق بمملكة تريد التوسع على حساب شعب رافض. فهل تستطيع أن تكون ناصريا جمهوريا ورجعيا ملكيا في آن واحد؟ وأين أنت من مبادئ التحرر التي ناد بها جمال عبد الناصر وتيتو وانكوروما؟ .. أما الثانية فهي الفرق الشاسع بين التوحد والضم، فالكل يدعوا إلى الوحدة العربية (والإفريقية تارة) كما أن جل الآراء ترفض الانفصال وقيام "كانتونات" جديدة، إلا أن المستنيرين يعرفون وبشدة الفروق الكثيرة بين الوحدة والضم.

فالوحدة (مطلوبة جدا) مبادرة حرة شرطها الأساسي قبول الطرفين والضم (المدان جدا)، مبادرة توتاليتارية مرفوضة من طرف جهة واحدة. وهكذا فان الوحدة عمل تقبل به القوانين وتؤيده الأذواق السليمة، بينما لا يوجد قانون دولي يقبل بالضم المتناقض مع روح الإرادة وحق الاختيار.

فأحرار العالم يرفضون "الضم في غير النحو والعشق" على حد تعبير الدكتور محيي الدين اعميمور .. فأين قلبك النابض بحق الشعوب في الانعتاق؟ وأين فكرك التقدمي؟ لا احد من طرازك يقبل بأن يكون قلبه مع المظلومين وسيفه مع الظالمين، فعهد المعايير المزدوجة قد ولى، ونجم تمرير المغالطات قد افل. ورغم أنني لا أخالك قارئا بليدا لتاريخ النزاع أرى من المناسب تذكيرك بأن المغرب (الذي تتناقض مع مواقفك لتؤيده) كان أول دولة في المنطقة طالبت بحق الصحراويين في تقرير مصيرهم، كان ذلك سنة 1966، غير أن انقلاب "اصخيرات" غير وجهة نظر الملك لأسباب إستراتيجية تتعلق أساسا بإنقاذ طبيعة الحكم عن طريق إبعاد الجيش وتوريطه في حرب طويلة الأمد. فهل أنت معني بإبعاد الجيش المغربي عن سلطة بلاده؟ .. لا أظن ان ذلك كان مرسوما من بين أهداف "فارس التغيير" المترجل.

ورغم أنني لن اعتبرك قارئا بليدا لتاريخ النزاع الصحراوي، إلا أنني أذكرك بان الأمم المتحدة، المعروفة بتبعيتها للدوائر الأمريكية والفرنسية والاسرائلية، وما يعنيه ذلك من دعم للمغرب، لم تجد ـ رغم البحث الدؤوب ـ أي مسوغ او مبرر قانوني تعتمد عليه، ولو شكليا، لتأكيد مغربية الصحراء الغربية، فأرغمها الحال على وضع ملف الصحراء الغربية تحت تصرف اللجنة الرابعة المعنية بتصفية الاستعمار. وبالتالي فالمنظومة الدولية، بالرغم من انحيازها، أسمته استعمارا؟ فكيف تتجرأ ـ وأنت المناهض للظلم ـ بدعم الاستعمار جهارا؟ .. لست ارضي لك بجهل تاريخ هذا النزاع المرير، وان كنت أرى من الضروري تذكيرك بان حكم محكمة لاهاي سنة 1976 أكد انه لا توجد تاريخيا علاقة تبعية بين المغرب وقبائل الصحراء، وان من حق الصحراويين تقرير مصيرهم بأنفسهم. فهل تريد أن تكون اقل عدالة من قضاة لاهاي المعروفين بالذيلية؟ .. أمر يعنيك على كل حال، ففي النهاية (والدنيا فسطاطان) أنت حر في اختيار القبلة التي تراها مناسبة لان توليها وجهك.

حري بي أيضا ان أحيطك علما بان فقهاء تاريخ الدولة الإسلامية أكدوا، بعد تمحيص دقيق، أن بإمكان دولة إسلامية ما أن تدعي أن رقعة ما كانت تابعة لها تاريخيا إذا توفرت ثلاثة شروط تداول العملة، وجباية الضرائب والدعوة على المنابر ولا احد اليوم (اثري او سائح او مهرب او قاطن) يمكنه ان يقدم لك قطعة درهم مغربي واحدة، او بقيتها، عثر عليها في الصحراء لتكون دليلا على أن عملة الدولة الإسلامية المغربية (بجميع أسمائها) كانت متداولة في الصحراء الغربية. ولا توجد وثيقة واحدة، في أرشيف المغرب وغيره، تحمل ما يؤكد أن عمال المخزن المغربي كانوا يجيبون الضرائب على قبائل الصحراء. كما لم يكن أبدا للرحل الظاعنين بحثا عن الكلا منابر حتى يدعون للملك عليها؟ .. فهل تريد أن تجبر التاريخ على ما لا يعرف؟ .. لم نكن نتصور أن مثلك من الحالمين أن يكون ثاني الاثنين: الغرب وحكام العرب!! .. فالغرب أغمض عينه عن موطن الحق خدمة لمصالحه، وحكام العرب هم ما هم عليه من الطغيان ومساندة الباطل.
وهكذا اجتمع الاثنان على ظلم الصحراويين فلا يوجد اليوم مجتمع ممنوع من ممارسة جزء من دينه غير الصحراويين، فالسعودية ترفض حجهم من غير جواز سفر مغربي وهم يرفضون حمل جواز سفر بلد أجنبي .. فكيف تقبل التموقف ضد مجتمع مظلوم حتى في دينه؟ انك تعمل جاهدا على طمس بريقك بعد أن دخلت شرك الإعلام المغربي ولعبت اللعبة الدرويشية القذرة وكان أجدى بك ان تظل كما عهدناك رمزا للشهامة والدفاع عن المستضعفين والمغتصبة حقوقهم .. ولكن لا عليك فعندما يصبح العهر السياسي فضيلة، وتصبح سفالة المواقف نبلا فان على "الفرسان" السلام ..


El Sáhara lastra a Marruecos: El control de la antigua colonia
española impide el desarrollo del país magrebí

IGNACIO CEMBRERO - Madrid - 11/03/2008

Marruecos podría ser Tailandia o Colombia con una renta per cápita que
rondaría en 2007 los 8.000 dólares (5.220 euros), pero está en menos
de la mitad (3.800 dólares). La desigualdad entre ambas cifras tiene
una causa fundamental: el coste del conflicto del Sáhara Occidental
que entorpece su desarrollo económico.

El precio que paga por controlar esos 266.000 kilómetros cuadrados de
desierto que le entregó España en 1975 es un tema tabú en Rabat. Hasta
ahora sólo algún centro de estudios privado, como el International
Crisis Group (ICI), o alguna institución internacional, como el Banco
Mundial, lo abordaron, pero ningún marroquí lo investigó.

Fouad Abdelmoumni, de 50 años, un economista independiente, se ha
atrevido a hacerlo sorteando la escasez de estadísticas fiables. Los
datos que arroja su investigación son llamativos. Su conclusión lo es
más aún: "el coste es sencillamente el no desarrollo de Marruecos".

El esfuerzo militar ha supuesto, indirectamente, un desembolso para
Marruecos de 95.000 millones de dólares (62.000 millones de euros) en
33 años para mantener y equipar a un Ejército que llegó a alcanzar los
360.000 hombres, de los que entre 130.000 y 160.000 están hoy en día
desplegados en el Sáhara.

A esa cantidad hay que añadir otros 25.000 millones de dólares en
gasto civil. "Son inversiones que no responden a la racionalidad
económica y social, pero que conviene efectuar por razones de imagen o
de clientelismo", señala Abdelmoummi. "En condiciones normales no se
hubiesen hecho determinadas carreteras, puertos o desaladoras".

Es probable que en condiciones normales Rabat no mostrara el mismo
afán cultural tradicional y moderno. El primer Salón Internacional del
Dromedario, con sus consiguientes carreras, cerró el sábado en El
Aaiún mientras que una semana antes concluía en Dajla un gran festival
de música rap.

"El coste económico se recarga aún más con las múltiples primas
otorgadas a los funcionaros marroquíes nombrados en el Sáhara, que
gozan de un plus salarial de entre el 25% y el 75% y disfrutan además
de un acceso a productos básicos subvencionados (...)", añade un
informe del ICI de hace seis meses. "Las personas del norte que se
instalan en el Sáhara gozan de numerosas exenciones fiscales".

En total, el Sáhara mermó entre un 1% y un 2% el crecimiento anual del
PIB de Marruecos. De ahí que la renta per cápita podría duplicar con
creces a la actual, según Abdelmoumi. Estas estimaciones figuran en un
estudio preliminar que el economista reveló recientemente a su paso
por la Casa Árabe de Madrid.

Son cantidades ingentes sobre todo para un país como Marruecos, cuyo
PIB se sitúa en los 73.000 millones de dólares (el de España lo
multiplica por 19) y los presupuestos del Estado en 21.000 millones
(los de España los multiplican por 26). El 5% del PIB de Marruecos
está dedicado, según la CIA, a las Fuerzas Armadas, algo más que
Argelia (3,3%), pero la riqueza argelina es un 67% superior a la
marroquí.

Las autoridades marroquíes no facilitan datos sobre el coste de sus
desvelos saharianos. El rey Mohamed VI reconoció hace tres años, en
una entrevista con EL PAÍS, que el Sáhara suponía una "carga, pero no
un lastre".

El conflicto, con el consiguiente cierre de la frontera entre Argelia
y Marruecos y la paralización de la Unión del Magreb Árabe, tiene
consecuencias para toda la región. El Banco Mundial estimó en un
estudio publicado hace dos años que si hubiera normalidad en la zona,
las exportaciones marroquíes a Argelia no serían, como ahora,
simbólicas, sino que alcanzarían los mil millones de dólares generando
un incremento de hasta el 2% de su PIB. También Argelia saldría
ganando.

Incluso el sur de Europa sacaría provecho. Un estudio encargado en
2002 por el Ministerio de Economía de Italia preveía que, si se
pusiera en marcha la integración del Magreb, el crecimiento de la zona
se situaría en un 8%. La onda expansiva haría que el PIB de España
aumentase en un 0,3% adicional.

Si el coste económico-militar ha sido hasta ahora ignorado, el humano
sí es evocado con frecuencia. Incluye desde los miles de refugiados
saharauis en Tinduf hasta los presos marroquíes que se pudrieron en
las mazmorras del Polisario, pasando por los independentistas
desaparecidos años atrás a manos de la policía secreta de Marruecos o
las 200.000 minas esparcidas por el territorio que dificultan el
nomadismo y causan estragos en los rebaños.
Fuente: EL PAIS

Mansur Ahmed Mansur

 

فشل المفاوضات يهدد بتجدد القتال

11/01/2008- القدس العربي

بقلم: منصور أحمد منصور

 

طبقا للائحة مجلس الأمن الدولي رقم 1754 الصادرة في 30 نيسان (أبريل) 2007 واللائحة رقم 1783 بتاريخ 31 تشرين الأول (أكتوبر) نفس السنة، التقي المغرب وجبهة البوليزاريو مرة أخري بمنتجع مانهاست/ ضواحي نيويورك أيام 7 㻘 㻙 كانون الثاني (يناير) الجاري، وذلك لاستئناف المفاوضات المباشرة حول الصحراء الغربية برعاية الأمم المتحدة، في ظل العديد من المعطيات والنواتج المتناقضة التي قد تعصف بهذه المباحثات وتؤدي بها إلي الباب المسدود ما لم يتم تدارك الموقف بسرعة لتفادي العودة إلي القتال والتطاحن العسكري..

المغرب
المغرب، المثقل بتاريخ ملوث بالعديد من الفضائح الأخلاقية والإنسانية التي ارتكبها ضد الشعب الصحراوي، يحضر بمانهاست كقوة محتلة لإقليم الصحراء الغربية منذ 31 تشرين الأول (أكتوبر) 1975، وهو:
ـ من قام بمجموعة من الانتهاكات الصارخة في مجال حقوق الإنسان التي صنفت طبقا للقانون الدولي والحقوقي والقانون الدولي الإنساني كجرائم ضد الإنسانية، ولا أدل علي ذلك من تضاعف حالات الاغتيال السياسي والاختطاف والحبس والتعذيب التي يتعرض لها مواطنون صحراويون عزل.. فضلا عن وجود صحراويين تعرضوا للدفن أحياء بمقابر جماعية بالسمارة المحتلة، إلي جانب اكتشاف هياكل عظمية لصحراويين وذلك بالجهة الشرقية للسجن لكحل بمدينة العيون المحتلة كبري حواضر الصحراء الغربية.
ـ مسؤول عن وجود 562 مفقودا مدنيا صحراويا ? أسير حرب، إضافة إلي 164 حالة اغتيال سياسي ومئات حالات الاعتقال التعسفي. فهذه المعطيات معروضة ومسجلة بشكل رسمي لدي الأمم المتحدة واللجنة الدولية للصليب الأحمر ومجلس الأمن الدولي ومجموعة العمل التابعة للهيئة الأممية.
ـ متورط في الدعوة القضائية التي رفعتها جبهة البوليزاريو ضد النظام المغربي منذ شهر أيلول (سبتمبر) 2006 وقبلها القاضي الإسباني المعروف بالتزار غارسيا والمتعلقة بموضوع المفقودين الصحراويين والمختطفين والمعتقلين وضحايا القمع والاغتيال السياسي والاعتقال التعسفي. وفي هذا الصدد، كانت جبهة البوليزاريو طالبت بتوسيع صلاحيات قوات الأمم المتحدة المنتشرة بالصحراء الغربية (المينورسو) لتشمل هذا المجال، واقترحت أن تتضمن صلاحيات قوات المينورسو تتبع ومراقبة مدي التزام السلطات المغربية بالمعايير الدولية لحقوق الإنسان داخل الإقليم الصحراوي المحتل.. وقد زكي هذا المطلب وزير الخارجية الاسباني ميغيل أنخلو موراتينوس الذي دعا مؤخرا إلي ضرورة مراقبة الأمم المتحدة لحقوق الإنسان في المناطق الصحراوية. وفي الواقع، فإن هذا المطلب المشروع كان قريب التنفيذ خلال آخر عهدة الأمين الأممي السابق كوفي عنان الذي كان أثار بشكل قوي وواضح شواغل حقوق الإنسان بالصحراء الغربية من خلال تقريره المؤرخ يوم 13 نيسان (أبريل) 2007، فضلا عن تقرير المفوضية السامية لحقوق الإنسان الصادر في نفس الموضوع عام 2006 عقب إيفاد بعثة خاصة كشفت الانتهاكات الجسيمة لحقوق الإنسان في الصحراء الغربية من طرف القوة المحتلة (المغرب). غير أن بعض اللوبيات والجهات الدولية مأجورة الدفع والمؤيدة للاحتلال المغربي للإقليم الصحراوي حالت دون توسيع صلاحيات المينورسو.
ـ من يحمي مجرمين أمنيين مغاربة مسؤولين عن مصير المختطفين الصحراويين الـ 15 وضلوع القضاء المغربي في التستر علي هذه الجريمة الشنعاء بتهربه من فتح تحقيق مع الجهات المتهمة، وهي البحرية الملكية المغربية والدرك الملكي. فهؤلاء الصحراويون المختفون يوجدون حاليا علي قيد الحياة وتحتجزهم السلطات المغربية انتقاما داخل معتقلات سرية، وذلك بعد تعرضهم للتوقيف بالرصاص الحي أثناء محاولتهم الهجرة نحو جزر الكناري هربا من بطش وجبروت المخزن المغربي.
ـ مستمر في نهب وسلب خيرات وكنوز الصحراء الغربية، ولا سيما الفوسفات ـ ذهب الصحراء الأبيض ـ والثروات البحرية والبرية وغيرها وتماديه في استغلال ذلك بشكل غير شرعي ولا قانوني رغم نداءات واحتجاجات جبهة البوليزاريو المتكررة. فالصحراويون يتساءلون عن مصير الذخائر والخيرات الكثيرة التي تكتنزها أرضهم المغتصبة والتي ما زالت تتعرض للسرقة من طرف مؤسسات اقتصادية وسياسية مغربية استعمارية مغشوشة ومدعمة من جهات دولية متواطئة.. وهم في الآن نفسه يدركون جيدا أن هذه الثروات المتنوعة بمقدورها تمكينهم من الوصول إلي أعلي المستويات المعيشية في العالم ولن تغريهم أبدا عن بديل الاستقلال. يذكر أن الصحراء الغربية تتشكل من إقليمين هامين هما: إقليم الساقية الحمراء في الشمال الذي يمتد حتي خط عرض 62 وتبلغ مساحته 82.000 كل㺴، وإقليم وادي الذهب في الجنوب، الأمر الذي يجعلها تحتل موقعا استراتيجيا هاما سواء من حيث طول السواحل التي تتوفر عليها، أو من حيث قربها من جزر الخالدات (كناريا).
ـ يجر تبعات وويلات الخلاف وتدهور العلاقة الدبلوماسية بين الرباط وداكار علي خلفية مشاركة الحزب الاشتراكي السنغالي في فعاليات المؤتمر الشعبي الثاني عشر لجبهة البوليزاريو المقام خلال الفترة الممتدة بين 14 �� كانون الأول (ديسمبر) الماضي ببلدة التفاريتي المحررة، حيث تمثلت المشاركة السنغالية بجاك بودان وزير العدل والخارجية السابق إلي جانب موسي كانتي عضو قيادي لتحالف قوي التقدم السنغالي. وكان السيد بودان جريئا وشجاعا حين تلا كلمة تاريخية معبّرة بقلب التفاريتي المحررة أكد فيها أن الحزب الاشتراكي السنغالي سيجعل القضية الصحراوية في طليعة اهتماماته وسيسخر كل طاقاته للدفاع عن حق الصحراويين في تقرير مصيرهم، وقال بالحرف: ينبغي علينا نحن الأفارقة أن نتذكر بأننا كنا مستعمَرين ـ بفتح الميم ـ وبالتالي فمن واجبنا مساندة الشعوب التي تكافح من أجل الحرية والاستقلال .
ـ متمسك بشكل راديكالي منغلق بمقترح الحكم الذاتي الأحادي مع الإبقاء علي كل المعالم التي ترمز إلي السيادة كالشؤون الخارجية والعلم والنشيد الوطني والعملة والأمن القومي والدفاع الخارجي والنظام القضائي، مع العلم أنه لا توجد دولة واحدة أو منظمة دولية واحدة في العالم بأسره تقر بسيادة المغرب علي إقليم الصحراء الغربية، وهنا تكمن المفارقة!!

البوليزاريو
أما جبهة البوليزاريو الممثل الشرعي والوحيد للشعب الصحراوي، فتجري المفاوضات وهي ما زالت تعيش علي إيقاع النجاح الباهر الذي حققه المؤتمر الشعبي الصحراوي الأخير علي جميع المستويات السياسية والإعلامية والتنموية، وبحوزتها الكثير من الأوراق التي ستطرحها ولا شك علي طاولة المباحثات برأس مرفوع، منها:
ـ خطة تسوية متكاملة تعرضها علي المغرب كأرضية للحوار والتفاوض علي أساس الاعتراف بحق الصحراويين التاريخي والقانوني في تقرير مصيرهم بأنفسهم عبر إجراء استفتاء حر ونزيه وعام تشرف عليه الأمم المتحدة. وتتضمن هذه الخطة، ولا سيما في فقرات الفصل الثالث، العديد من الضمانات المتصلة بحالة وحقوق المغاربة القاطنين بالصحراء الغربية والتعاون في كل القطاعات الاقتصادية والاجتماعية والأمنية.. إلي جانب مقترح المغرب المتعلق بمنح الصحراويين حكما ذاتيا موسعا والذي لا يمكن أن يكون إلا خيارا مع الاستقلال، فخطة البوليزاريو ومقترح المغرب يجب أن يقدما للاختيار الحر والديمقراطي وترك الرأي السيادي وكلمة الحسم والفصل للشعب الصحراوي دون قيد أو جبر. وتنطلق جبهة البوليزاريو من أن مشكلة الصحراء الغربية هي قضية تصفية استعمار لم تتم وينبغي إتمامها من خلال منح الشعب الصحراوي الحرية الكاملة في الاختيار وتمتيعه بحقه الشرعي غير القابل للتصرف في تقرير المصير استنادا إلي مختلف الصكوك والمواثيق الدولية، ومنها لوائح الأمم المتحدة الصادرة منذ سنة 1963 وإلي الآن وقرار محكمة العدل الدولية الصادر بتاريخ 16 تشرين الأول (أكتوبر) 1975 الذي جدد التأكيد عليه المستشار القانوني للأمم المتحدة السيد هانس كوريل خلال كانون الثاني (يناير) 2002.
ـ تشارك بنفس تشكيلة الوفد التي فاوضت في الجولتين السابقتين والمكونة من المحفوظ علي بيبا رئيساً، إبراهيم غالي عضواً، محمد خداد عضواً، البخاري أحمد عضواً، البشير الصغير وسيدي محمد عمار كمستشارين تقنيين، وذلك من أجل تطبيق قرار مجلس الأمن الدولي 1754، القاضي بإجراء المفاوضات بين طرفي النزاع، جبهة البوليساريو والمملكة المغربية، من أجل تمكين الشعب الصحراوي من حقه غير القابل للتصرف في تقرير المصير والاستقلال.
ـ نجاح الانتفاضة المدنية بالأراضي الصحراوية المحتلة وجنوب المغرب وارتفاع الأصوات المؤيدة لجبهة البوليزاريو والمطالِبة باستقلال الصحراء الغربية عن المغرب، رغم الإنزال الأمني والتسييج العسكري المغربي الكثيف وانتشار أجهزة المخابرات المغربية بشكل واسع فوق التراب الصحراوي المغتصب. وقد دأب الصحراويون ومنذ أيار (مايو) 2005 علي الخروج علناً، وبشكل منتظم، في مظاهرات سلمية مطالبين بممارسة حقهم في تقرير المصير، غير أنهم يتعرضون إلي قمع القوات المغربية التي تسببت في قتل صحراويين وجرح مئات آخرين.. فضلا عن أعداد كبيرة من المعتقلين والمَخفيين والمختطفين.
ـ إجماع كل الصحراويين وتعبيرهم الجماعي عن استعدادهم لخوض الكفاح المسلح والنزول إلي ساحة القتال في حالة فشل المفاوضات المباشرة وتخلي المغرب عن مسؤولياته التاريخية والقانونية إزاء الشعب الصحراوي.
ـ يقود الوفد الصحراوي رجل دبلوماسي محنك، هو المحفوظ علي بيبا عضو الأمانة الوطنية العامة لجبهة البوليزاريو، والذي سبق له القيام بنفس المهمة خلال مفاوضات مانهاست السابقة وأيضا مباحثات هيوستن التي جرت عام 1997 تحت رعاية وزير الخارجية الأمريكي الأسبق جيمس بيكر، حين كان يشغل منصب الممثل الشخصي للأمين العام للأمم المتحدة المكلف بحل نزاع الصحراء الغربية طيلة الفترة الممتدة بين عامي 1997ـ 2003.
ـ اتساع الاقتناع والاطمئنان لدي الكثير من دول مجلس الأمن الدولي بخصوص تعاون وجدية جبهة البوليزاريو في إنهاء النزاع حول الصحراء الغربية، وذلك من خلال المرونة الدبلوماسية العالية التي أبان عنها المفاوضون الصحراويون واحترامهم للأدبيات والأخلاقيات التي تقتضيها القضية التفاوضية، عكس ما ميز الوفد المغربي المفاوض من ارتباك وهروب إلي الأمام والقفز علي القانون وتجاهله. ويعود السبب في وجود هذا الفرق بين الطرفين كون البوليزاريو تخوض المباحثات بخطوات واثقة وهي تدافع عن حق مغتصب، بينما المغرب المرتبك يبحث عن مخارج ومبررات لإبقاء الإقليم الصحراوي تحت سيطرته.
وفي انتظار ما ستسفر عنه المباحثات الحالية بين المملكة المغربية وجبهة البوليزاريو من معطيات، أتمني أن يتغلب المنطق والواقعية علي كل نزعة ذاتية أو شوفينية تتجه نحو طمس الحقوق الشرعية والتاريخية والقانونية للشعب الصحراوي الذي بات مستقبله معلقا بين أمرين حاسمين: تنظيم استفتاء شعبي حر وعام ونزيه تشرف عليه الأمم المتحدة، أو العودة إلي الكفاح المسلح وامتشاق البندقية من أجل انتزاع حقه بنفسه.

كاتب من الصحراء الغربية

المصدر: القدس العربي

 


El espíritu de Tifariti

 

La decencia de cambiar mostrada por los saharauis durante la celebración del decimosegundo congreso del Frente POLISARIO es un aliento y una manera de simplificar los tabúes e ideas ladrilladas que no aceptan la corrección de lagunas y errores del pasado.

 

Por si esto fuera poco, la decepción creada entorno a la dilatación del proceso de Naciones Unidas para el territorio, la indefinida tregua con Marruecos, la dilapidación de recursos, la indisciplina de cuadros, la falta de seguimiento, el abuso de autoridad que redujo a cero a las potencialidades humanas y materiales heredadas de los tiempos de apogeo; no son más que hechos elocuentes que azuzaron el debate en el seno de la organización independentista. Es el llamado espíritu de Tifariti.

 

Los fieles del POLISARIO no tocaron el arpa de Nerón ni tampoco se mostraron dispuestos a tropezar con la misma piedra en una era cuyos desafíos son más que evidentes. La campana mediática orquestada por Marruecos a la par de los días del congreso es un ejemplo de las malas intenciones del ocupante.

 

El cónclave es una meta y una manera para renacer de nuevo, evolucionar, rehabilitar las instituciones, fijar las cláusulas del juego democrático, y fomentar los derechos humanos  y con ello evitar el divorcio entre la base y la superestructura y corregir en vistas al presente y el futuro.

 

En lo que concierne a las expectativas de paz, los saharauis no han cerrado la puerta ante un diálogo honesto en el marco de Naciones Unidas, pero no descartan igualmente las hostilidades si las supuestas negociaciones no llevan a buen puerto. Mientras tanto, la Intifada seguirá como elección y ánodo frente a la soberbia marroquí.

 

El encuentro ha sido, sin lugar a dudas, una parada donde la valoración exhaustiva ha sido la mejor terapia y una manera de fortalecer el cordón umbilical de los saharauis en todos los niveles.

 

Hasta el momento un indicio. Es momento por ello de no bajar la guardia a ultranza, olvidar el triunfalismo y no afanarse al último canto del cisne. Los que no escarmientan serán inaudibles, exánimes. Hay que esperar. De Tifariti a Rabuni hay un buen trecho.

 

                                                  

M M FAKAL-LA

La apatridia de los saharauis

 09.01.08
Juan Soroeta Profesor de Derecho Internacional de la UPV-EHU
 
El día 20 de noviembre de 2007 el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en virtud de la cual se reconoce a la demandante, nacida en 1968 en Smara, territorio del entonces denominado Sahara Español, la condición de apátrida, por no poseer nacionalidad alguna (ni española, ni argelina, ni marroquí).

Sin ánimo de exhaustividad, parece necesario hacer al menos un somero recorrido por la historia más reciente de la antigua colonia española. Tras la Marcha Verde, con la que Marruecos ocupó militarmente el Sahara Occidental en 1975, los saharauis quedaron físicamente divididos entre quienes permanecen desde entonces en su tierra, sometidos a la ocupación, y quienes tuvieron que refugiarse del fuego marroquí en los campamentos de Tinduf (Argelia), donde llevan más de treinta años. En la actualidad, la República Árabe Saharaui Democrática es reconocida como Estado por la Unión Africana y por más de ochenta Estados -la mayor parte de ellos africanos y latinoamericanos-, que aceptan la nacionalidad saharaui de sus ciudadanos. Pero, ¿qué condición jurídica, qué nacionalidad tienen para el resto de Estados, y, en concreto, para España?

El Derecho internacional prohíbe expresamente que una Potencia administradora (como era el caso de España en el Sahara Occidental) proceda, por medio de una norma interna, a adjudicar a toda la población del territorio su nacionalidad. Otra cosa es que la Potencia, como cualquier otro Estado, dé las facilidades que considere oportunas a esta población para que, de forma individual, si así lo desean, puedan adquirir su nacionalidad, pues es ésta una de las características propias de la soberanía de los Estados. Por ello, aunque en los últimos tiempos los tribunales españoles han reconocido la nacionalidad española a numerosos saharauis, es obvio que ni los saharauis son españoles, ni pretenden serlo, más allá del legítimo y más que comprensible interés de poder tener una residencia legal en España, y de poder ser considerados ciudadanos con un mínimo de derechos.

Por otra parte, la Audiencia Nacional venía manteniendo hasta ahora que quienes residen en los campamentos de refugiados en Argelia tienen nacionalidad argelina, lo que, como recuerda la sentencia que comentamos, ni siquiera ha sido pretendido por este país: los saharauis no son argelinos ni pretenden serlo. Esta misma doctrina afirmaba que quienes residen en el Sahara Occidental son marroquíes. Este planteamiento es defendido exclusivamente por quien ocupa ilegalmente el territorio, como último paso hacia su anexión, pero choca frontalmente tanto con el Derecho internacional (tras más de treinta años de ocupación ningún Estado, ni siquiera Francia, su más incondicional aliado, ha reconocido tal anexión), como con la voluntad de los saharauis. Como señala el Tribunal Supremo, «la nacionalidad no originaria implica la aceptación -por supuesto voluntaria- de un nuevo estatus jurídico ( ), mas en modo alguno puede venir determinada por la imposición». Por ello es claro que los saharauis no son marroquíes y mucho menos pretenden serlo.

Por esta razón, por considerar a los saharauis bien argelinos, bien marroquíes, hasta la sentencia que nos ocupa el Derecho español no reconocía a los saharauis la condición de apátridas, por ser ésta una condición reservada a «toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación, y manifieste carecer de nacionalidad» (artículo 1.1 de la Convención sobre el Estatuto de Apátridas de 1954, y artículo 1.1 del Reglamento de Reconocimiento del Estatuto de Apátrida, aprobado por Real Decreto 865/2001, de 20 de julio).

El Tribunal Supremo viene a dar cobertura a la grave indefensión en que se encuentran miles de saharauis que, no siendo españoles, marroquíes ni argelinos, y no reconociéndoseles en nuestro país el estatuto de apátridas, viven hasta el momento en un limbo jurídico que les desposee de los derechos más elementales. Pero es más.

Plantea a España un grave problema, pues, en efecto, la sentencia viene a reconocer en sede judicial por vez primera la existencia del pueblo saharaui, como pueblo diferenciado del marroquí o del argelino (y, obviamente del español), y el derecho de sus ciudadanos a adquirir la condición de apátridas, hasta, al menos, el momento en que ejerzan su derecho a la libre determinación.

El gobierno español viene manteniendo en relación con el conflicto saharaui una diplomacia que denomina de neutralidad activa, como si en Derecho fuera posible la neutralidad. Es evidente que quien no defiende activamente la aplicación del Derecho internacional (lo que en este caso consiste en apoyar la celebración de un referéndum de autodeterminación en el que los saharauis y sólo ellos decidan el futuro del territorio), está defendiendo su violación. No hay punto medio. No hay neutralidad activa que valga. Hasta ahora nuestro país ha jugado al avestruz con el problema del censo, admitiendo y propugnando que en el futuro referéndum participen no sólo los saharauis identificados por las Naciones Unidas, sino también los colonos marroquíes residentes en el territorio, que ya cuadruplican en número a los saharauis.

Pero después de la sentencia del Tribunal Supremo difícilmente podrá seguir haciéndolo, ya que el acceso al estatuto de apátrida conlleva tanto la residencia legal en territorio español como el derecho de reagrupación familiar. En tiempos de pateras y cayucos, ante la previsible avalancha de solicitudes de reconocimiento de apatridia por parte de ciudadanos magrebíes, España va a tener que hilar muy fino a la hora de decidir quiénes son realmente saharauis. El criterio principal que ha utilizado el alto tribunal para considerar saharaui a la demandante ha sido el de haber sido incluida en el censo que han confeccionado las Naciones Unidas para el referéndum de autodeterminación, censo que es rechazado por Marruecos, y que eleva a más 82.000 el número de personas con derecho a participar en el mismo. Es fácil imaginar las dimensiones de un desembarco saharaui en España.

Los saharauis son apátridas y lo seguirán siendo hasta que puedan dotarse de nacionalidad propia mediante la creación de un nuevo Estado en el territorio, lo que sólo será posible tras la realización de un referéndum de autodeterminación. Mientras esto no ocurra, decenas de miles de saharauis podrán residir legalmente en nuestro país tras adquirir el estatuto de apátridas, llegando a constituir un colectivo lo suficientemente importante como para que el gobierno dé un giro de ciento ochenta grados en su política exterior, pasando a defender la legalidad internacional no sólo en Irak, como hiciera en 2004, sino también en el Sahara Occidental, apoyando la celebración del referéndum, y poniendo fin a la penosa situación en que vive todo un pueblo que cuenta desde hace años con el apoyo incondicional de la población civil española, que considera esta justa causa como suya.

Sahara Independiente

ANALISIS DE UN SAHARA INDEPENDIENTE: PROPUESTA DE AUTONOMIA MARROQUÍ 2007
Noticia publicada el Sábado, 23 junio a las 18:31:56

 


Opinión

Grupo Interuniversitario de Opinión
Larosi Haidar (UG)
Carlos Ruiz, Universidad de Santiago de Compostela.
Sergio Ramírez, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Manuel de Paz, Universidad de La Laguna


• "Demasiados agujeros negros"

 

El nuevo proyecto de autonomía presentado por Marruecos en 2007 es incluso más regresivo que el proyecto marroquí de 2003. La "Iniciativa marroquí para negociación de estatuto autonomía para Sahara" presentada por Marruecos ante Naciones Unidas el 11 de abril de 2007, se presentó como alternativa al bloqueo marroquí del "plan Baker" ("solución política óptima" apoyada por el Consejo de Seguridad unánimemente). Esta "iniciativa", recibida con elogios por algunos altos responsables norteamericanos, franceses y españoles contiene diversos (demasiados) "agujeros negros" que desvirtúan sus elementos esenciales. El propósito de este análisis es demostrar, en primer lugar, que, desde un punto de vista internacional, esta "iniciativa" marroquí, aunque sigue conteniendo aspectos contrarios a la legalidad internacional (como la premisa de que el Sáhara Occidental forma parte de Marruecos), contiene otros (reconocimiento de la autodeterminación y del referéndum) que constituyen un nuevo viraje en la política exterior de este país sobre el Sáhara, necesario tras haberse puesto marroquí en una posición abiertamente ilegal. En segundo lugar, desde el punto de vista del Derecho Constitucional, se pretende argumentar que esta "iniciativa" constituye una grave regresión respecto a los anteriores proyectos de autonomía presentados por Marruecos o por Naciones Unidas. Esta regresión, que se produce en materias tan importantes como la organización del poder, el censo, el referéndum, los recursos naturales, los derechos humanos o las garantías de la autonomía hacen que estemos ante un texto que carece de seriedad para constituir el punto de partida de ninguna negociación sobre el futuro del Sáhara Occidental. Por lo demás, en este análisis no se comparará la autonomía prevista para el Sáhara Occidental con otras autonomías internacionales como la de Palestina, que pondrían aún más de manifiesto la insuficiencia de la propuesta marroquí.

I. El contexto del documento

I.1. En la reunión celebrada con James Baker (Enviado Personal del Secretario General) el 15 de abril de 2004, Marruecos dio su respuesta definitiva al Plan de paz para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental ("Plan Baker"), adjunta a una carta de fecha 9 de abril de 2004 dirigida a James Baker por el Ministro de Relaciones Exteriores y Cooperación de Marruecos[1]. En esa carta, Marruecos rechaza el principio de autodeterminación y la celebración de un referéndum para efectuarlo, pese a que ambos (ese principio y ese medio) están consagrados por Naciones Unidas. El texto de la carta es claro: Para Marruecos, la "autonomía, convenida entre las partes y las Naciones Unidas, cerraría la cuestión de la libre determinación". De esta suerte, "la solución de autonomía, una vez acordada por las partes y aprobada por la población, excluye por definición que se someta a ésta la opción de la independencia". Es más, "el carácter definitivo de la solución de autonomía no es negociable para el Reino". Y concluye que "está fuera de lugar que Marruecos entable negociaciones con quien sea acerca de su soberanía e integridad territorial". En definitiva, este lenguaje diplomático evitaba aceptar expresamente el principio de autodeterminación (se excluían las opciones que la legalidad internacional establece para descolonizar un territorio) y la celebración de un referéndum (sólo se hablaba de que la fórmula debía ser "aprobada por la población", sin decir cómo ni por qué "población").

II.2. El rechazo marroquí produjo un bloqueo de la situación. Algunos avanzamos la idea de que más allá del "plan Baker" no era posible ninguna solución[2], pero otros han creído que sí que era posible. Es el caso de los responsables de la política exterior USA. El representante norteamericano ante el Consejo de Seguridad, declaró, tras la adopción de la resolución 1720, el 31 de octubre de 2006, que había "exhortado a Marruecos a presentar una proposición de autonomía ‘global y creíble’ para el territorio" y que había sugerido a Marruecos para ello negociaciones directas con el pueblo saharaui[3].

Esta "exhortación" tuvo una cierta eficacia. En efecto, consiguió que, por fin, Marruecos presentara una "proposición de autonomía", algo que Marruecos venía anunciando constantemente pero que nunca llevaba a cabo, después de haber presentado su proyecto de diciembre de 2003 que fue rechazado por la ONU[4]. Es la "Iniciativa marroquí para la negociación de un Estatuto de autonomía de la región del Sáhara"[5]. Ahora bien, si esta proposición es "creíble" es algo que vamos a examinar a continuación.

II. Análisis jurídico-internacional de la "iniciativa" marroquí: una contradicción insalvable

Desde la perspectiva del Derecho Internacional, hay algunas diferencias hay entre la "Iniciativa" marroquí de abril de 2006 y el proyecto de 2003 presentado por ese país. Sin embargo, ambos textos parten de las mismas premisas, incompatibles con el Derecho Internacional que dan lugar a consecuencias igualmente incompatibles.

II.1. El proyecto marroquí de 2007 parte de dos premisas contradictorias entre sí.

II.1.A. El proyecto de autonomía marroquí de diciembre de 2003, no aludía en ningún momento al principio de autodeterminación (a pesar de que Marruecos ya aceptó expresamente por primera vez en los años ‘60 y luego en los años ’80 y ’90 el principio de autodeterminación). Por contra, el proyecto de abril de 2007 sí que acepta expresamente de nuevo el principio de autodeterminación. Y lo hace en dos lugares. En primer lugar, en el punto 8 del proyecto donde dice que "El estatuto de autonomía, resultante de las negociaciones, será sometido a una consulta mediante referéndum de las poblaciones concernidas, conforme al principio de la autodeterminación y de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas. Y en segundo lugar, en el punto 27 que dispone que la autonomía será sometida a un referéndum que "constituye, conforme a la legalidad internacional, a la Carta de las Naciones Unidas y a las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad, el libre ejercicio, por estas poblaciones, de su derecho a la autodeterminación". A este cambio de posición de Marruecos (esto es, a la aceptación expresa del principio de autodeterminación) pueden aplicársele las palabras de la resolución 1754 ("acogiendo con beneplácito los esfuerzos serios y creíbles de Marruecos para hacer avanzar el proceso hacia una solución").

II.1.B. Sin embargo, este paso positivo que es la aceptación por Marruecos de la legalidad internacional (que en el pasado había aceptada pero luego rechazada) es incompatible con otros pasajes del proyecto de 2007 que, ciertamente, no satisfacen las exigencias del Derecho Internacional. Del mismo modo que el proyecto de 2003 (punto 4), el de abril de 2007 parte de una premisa que es contradictoria con el principio de autodeterminación y contraria al Derecho Internacional, a saber, que el Sáhara Occidental se halla ahora bajo soberanía marroquí. Esta premisa se encuentra en varios pasajes de la "iniciativa" de 2007. Así, en el punto 2 ("Marruecos se ... [compromete] a someter una iniciativa para la negociación de un estatuto de autonomía de la región del Sahara, en el marco de la soberanía del Reino y de su unidad nacional"). Igualmente, el punto 14 "El Estado conservará la competencia exclusiva, particularmente sobre: -los atributos de soberanía, (...)".

Autodeterminación significa que el destino del territorio depende de lo que decida su población originaria. Esto es consecuencia de reconocer que la soberanía del territorio pertenece a la población originaria y sólo ella puede decidir soberanamente si el Sáhara será marroquí, independiente u otra cosa. Es evidente que el proyecto de 2007, igual que sucedía con el "acuerdo marco" y con el proyecto de 2003, establece como premisa (que el Sáhara Occidental forma parte de la "integridad territorial" marroquí y está bajo "soberanía" de Marruecos) lo que sólo puede ser conclusión de un proceso de autodeterminación (que el pueblo del Sáhara Occidental decida libremente integrarse en Marruecos). Por esta razón James Baker y Naciones Unidas consideraron que el proyecto marroquí de 2003 era "insuficiente". Y por esta razón también es "insuficiente" el proyecto de 2007. En efecto, esta premisa constituye una negación del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui que es inadmisible en el Derecho Internacional.

II.1.C. Es evidente que el reconocimiento del principio de autodeterminación que hacen los puntos 8 y 27 del proyecto (y que implica que la soberanía es del pueblo saharaui) es incompatible con lo dispuesto en el punto 2 (que la soberanía del Sáhara Occidental corresponde al Reino de Marruecos antes de la celebración del referéndum). Esta contradicción, sin duda, resta seriedad a la iniciativa. Por lo demás, como veremos continuación, esta cuestión tiene una importancia esencial para valorar el carácter del referéndum previsto en el proyecto.

II.2. Las premisas, incompatibles entre sí, del proyecto marroquí de 2007, dan lugar a lecturas igualmente incompatibles acerca del significado que tiene el referéndum que se prevé en esta "iniciativa". Todo parece indicar que el referéndum previsto en el proyecto de 2007, ni es libre, ni contempla la posibilidad de elegir entre diversas opciones. A pesar de que el discurso oficial marroquí (promovido por el mismo rey Mohamed VI) sostenía que el referéndum como medio de solucionar el conflicto había quedado "caduco", tanto la propuesta de 2003, como ésta de 2007 demuestran que los deseos no pueden negar la realidad del Derecho Internacional.

Una vez que Marruecos ha aceptado el principio de autodeterminación, es necesario ponerlo en práctica y para ello el Derecho Internacional vigente dispone un medio que es el "referéndum" libre y democrático, supervisado por la ONU. La resolución 2625, de la Asamblea General de la ONU que, junto con la resolución 1514 del mismo órgano constituyen el Derecho aplicable a la generalidad de los casos de descolonización, dentro de los cuales se halla el Sáhara Occidental, dispone que "el establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo".

El proyecto marroquí de 2007 contempla la celebración de un "referéndum", pero ¿es el referéndum que la legalidad internacional exige? Dos son los problemas claves. El primero, el referido a la "libertad" del referéndum. El segundo, a la posibilidad misma de elegir entre diversas opciones.

II.2.A. El proyecto marroquí de 2007 pone en cuestión la "libertad" del referéndum de autodeterminación. dice que "El estatuto de autonomía de la Región será objeto de negociaciones y se someterá a una libre consulta mediante referéndum de las poblaciones concernidas" (punto 27). Ahora bien, luego añade que "Con esta finalidad, las partes se comprometen a obrar conjuntamente y de buena fe a favor de esta solución política y de su aprobación por las poblaciones del Sahara" (punto 28).

Lo dispuesto en el punto 27 puede ser aceptable como hábil recurso político para avalar el "sí" a la autonomía en el referéndum. En efecto, si el proyecto sometido a referéndum es el fruto de un acuerdo entre Marruecos y el Frente Polisario, resultaría políticamente difícil al Frente Polisario defender luego el "no". Difícil, pero no imposible. Pero el problema mayor lo plantea el punto 28, porque pretende que, incluso aunque el proyecto de autonomía haya sido acordado por Marruecos con el Frente Polisario, éste tenga que estar obligado a promover su aprobación. Si las dos partes quedan obligadas a promover el "sí" ¿dónde está la igualdad de oportunidades para quienes promuevan el "no"? Y sin igualdad de oportunidades entre ambas posturas, ¿cómo cabe hablar de un referéndum "libre"?

II.2.B. El proyecto marroquí de 2007 no permite elegir entre diversas opciones. En efecto, la pregunta es: si se sometiera a referéndum un eventual proyecto de autonomía... ¿qué ocurriría si el resultado es "no"? El proyecto marroquí de 2007 no dice nada expresamente. Y aquí tenemos que volver al principio de este análisis.

Si la premisa fuera la "autodeterminación", el resultado de votar "no" a la integración bajo forma de "autonomía" se podría interpretar como un "sí" automático a la independencia o como un mantenimiento de la situación colonial que exigiría someter al pueblo una nueva opción (la del "estado asociado, por ejemplo) hasta que el pueblo colonizado decidiera su destino. Desde esta perspectiva, el "no" sería o bien la independencia automática o bien la obligación de someter a referéndum del pueblo colonizado una nueva opción, sin que en ningún caso el "no" pueda significar aceptación de la integración en la metrópoli colonial.

Ahora bien, si la premisa fuera la "soberanía" de Marruecos, el "no" al referéndum significaría que el Sáhara Occidental continuaría formando parte del territorio nacional sobre el que Marruecos ejerce su soberanía. Este sería el tipo de referéndums que se celebran en Quebec (Canadá) o Cataluña o Andalucía (España) . En Quebec, cuando se vota "no" a la independencia el "sí" tiene como resultado que se mantiene el status del territorio como autonomía. Si en Cataluña en 1979 se hubiera votado "no" al Estatuto de Autonomía, el resultado es que el territorio seguiría formando legalmente parte de España sometido al poder central. Sin embargo, el Sáhara Occidental no es como Quebec o Cataluña por la sencilla razón de que no es territorio de soberanía marroquí.

La falta de seriedad y consistencia del proyecto marroquí en sus premisas fundamentales hace que los desarrollos del mismo no puedan aportar una solución "definitiva" y mucho menos "estable" al conflicto que tantos sufrimientos produce.

III. Análisis jurídico-constitucional de la "iniciativa" marroquí

A la hora de analizar jurídico-constitucionalmente la seriedad y solvencia de la "iniciativa" marroquí de abril de 2007, conviene examinar varios puntos importantes: A) la distribución de competencias entre Marruecos y el Sáhara Occidental; B) el sistema de resolución de conflictos; C) La organización de la autonomía; D) La garantía de la autonomía y el sistema constitucional marroquí; E) Los derechos fundamentales; y F) El cuerpo electoral.

A) la distribución de competencias entre Marruecos y el Sáhara Occidental.

La distribución de competencias que hace el proyecto de 2007 es inconsistente. El proyecto marroquí de autonomía de 2007 establece en sus puntos 12 y 13 cuáles son las competencias propias de la "Región Autónoma del Sáhara" (RAS). Por su parte, en los puntos 6, 14 y 15 se relacionan las competencias que corresponderían al Reino de Marruecos. En materia de distribución de competencias, el proyecto de 2007 supone una regresión respecto al proyecto de 2003.

En primer lugar, sigue negando a la RAS las competencias más importantes dadas las características del territorio (recursos naturales, policía no local y justicia) . En efecto, igual que en el 2003, el proyecto de 2007 atribuye estas competencias expresamente a Marruecos (punto 14).

En segundo lugar, respecto a las "competencias residuales" (es decir, las competencias que no estén expresamente atribuidas a una u otra parte) el proyecto marroquí de 2007 constituye un claro paso atrás respecto al proyecto de 2003. En efecto, mientras en el texto de 2003 la "competencia residual" correspondía a la RAS (punto 11), en la "iniciativa" de 2007 esa competencia residual queda aparentemente indefinida pero en realidad atribuida a Marruecos. En efecto, el punto 17 del proyecto de 2007 dice que "las competencias que no son atribuidas específicamente serán ejercidas, de común acuerdo, sobre la base del principio de subsidiariedad". Ahora bien, ¿quien decide sobre el modo en que se concreta el principio de subsidiariedad? Esa es una cuestión que atañe al modo de resolución de conflictos que, como veremos, atribuye a Marruecos la decisión sobre los mismos.

Finalmente, en tercer lugar, la "iniciativa" marroquí de 2007 contiene todo un "agujero negro" competencial en su punto 6. ¿Qué dice este punto? Pues que "El Estado conservará sus competencias en los dominios de regalía particularmente en lo relativo a la defensa, a las relaciones exteriores y a las atribuciones constitucionales y religiosas de Su Majestad el Rey". ¿Y cuáles son esas competencias? Pues las del art. 19 de la Constitución. ¿Y qué es este artículo? Cualquier mínimo conocedor del sistema político marroquí sabe que el artículo 19 es TODO el sistema marroquí, porque de ese artículo se derivan poderes absolutos para el rey de Marruecos. Por eso, todo el debate (hoy silenciado) sobre la reforma política de Marruecos se vertebra acerca de la conveniencia de modificar el art. 19 de la Constitución marroquí, que en sí mismo ha sido considerado como "Supraconstitución", "Constitución implícita" o "Constitución dentro de la Constitución"[6]

Es decir, la "Iniciativa" marroquí de 2007 al atribuir dentro de la Región "autónoma" del Sáhara poderes absolutos al Rey ¡vacía la "autonomía" de todo su contenido! Resulta así más que dudoso que "Esta iniciativa se inscribe en el marco de la edificación de una sociedad democrática y moderna, fundada sobre el Estado de derecho, las libertades individuales y colectivas y el desarrollo económico y social" (punto 3 de la "Iniciativa" de 2007) y que "De este modo, las poblaciones del Sahara administrarán por sí mismas y de manera democrática sus asuntos" (punto 5 de la "Iniciativa" de 2007). ¿Qué "credibilidad" puede tener esto allí donde el Rey tiene plenos poderes frente a los órganos supuestamente "autónomos"? ¿Puede ser calificada como "seria" una "autonomía" donde un órgano del Estado central tiene todos los poderes? Sólo desde la más profunda ignorancia del Derecho Constitucional y del sistema político marroquí se pueden hacer declaraciones como esas a la luz del punto 6 de la "iniciativa" marroquí.

B) el sistema de resolución de conflictos.
La "Iniciativa" marroquí de 2007 para resolver los conflictos entre la región autónoma y Marruecos resulta insuficiente al no atribuirla a un órgano neutral. El proyecto marroquí de 2003 contenía una previsión expresa para la resolución de conflictos, atribuyendo esta tarea al Consejo Constitucional marroquí. El proyecto de 2007 sigue la misma senda en sus puntos 23 y 24. En ellos se dice que "El Tribunal Regional Superior, la más alta jurisdicción dentro de la Región autónoma del Sahara, estatuye, en última instancia, sobre la interpretación de la Ley de la Región, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo y del Consejo constitucional del Reino" (punto 23) y que "Las leyes, los reglamentos y las decisiones de justicia que emanan de los órganos de la Región autónoma del Sahara, se deben ajustar al estatuto de autonomía de la mencionada Región y a la Constitución del Reino" (punto 24).

Las mismas objeciones que en su día hicimos al proyecto de 2003 son reiterables ahora. En efecto, "a diferencia de lo que ocurre en el "plan Baker" ("Plan de Paz para la autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental")[7] donde la resolución última de los conflictos se atribuye a una instancia neutral (el Secretario General de la ONU), aquí la ‘competencia sobre las competencias’ (que no es sino expresión de la soberanía) se atribuye a un órgano, el Consejo Constitucional[8], controlado por el Rey de Marruecos". Como ya expuse[9] el "Consejo Constitucional" es un órgano en el que la mitad de sus miembros, incluido su presidente (voto de calidad en caso de desempate), es designado directamente por el Rey. Se trata, en consecuencia, de un órgano que no tiene credibilidad suficiente para resolver este conflicto con garantías de imparcialidad. A todo ello se añade un agravante nuevo en el proyecto de 2007. El Consejo Constitucional marroquí puede juzgar la constitucionalidad de las "leyes"... ¡pero no la de los "dahires" emitidos por el Rey al amparo del art. 19 de la Constitución! Dado que el proyecto atribuye en la región "autónoma" del Sáhara al rey los poderes del art. 19 de la Constitución, resulta que el ejercicio de estos no está sometido a ningún control (como, por otra parte, es propio de una monarquía absoluta).

C) La organización de la autonomía
La organización de la Región "autónoma" que establece el proyecto de 2007 también supone una regresión sobre lo dispuesto en el proyecto de 2003. La regulación sobre esta materia es la prueba más evidente de que el proyecto de "autonomía" marroquí, lejos de contribuir a la "democratización" de Marruecos como sostienen sus propagandistas, contribuye a cerrar las posibilidades de democratización real del sistema marroquí.

En primer lugar, en relación con el Ejecutivo regional, recordemos que el "Acuerdo marco" de 2001 ("Acuerdo marco sobre el Estatuto del Sáhara Occidental)[10] y el "plan Baker" de 2003 disponían que el jefe del Ejecutivo autónomo sería elegido directamente por el pueblo. Ya el proyecto de 2003 dio un paso atrás al establecer que este órgano no sería elegido directamente por el pueblo, sino por la Asamblea regional de entre sus miembros (art. 9). Ahora se dispone que el jefe del Ejecutivo es elegido por la Asamblea, aunque no tenga que ser uno de sus miembros (punto 20).

En segundo lugar, el Parlamento se configura de modo claramente regresivo. Mientras en el proyecto de 2003, se establecía que todo él debía ser elegido por "sufragio universal directo", el proyecto de 2007 rompe ese sistema abriendo el camino al tribalismo. Ya no todo el Parlamento regional se elegiría por sufragio universal directo, sino sólo una parte ("El Parlamento de la Región autónoma del Sahara estará compuesto de miembros elegidos por las diferentes tribus saharauís, y de miembros elegidos por sufragio universal directo por el conjunto de la población de la Región", punto 19), que no se dice siquiera si será la mayoritaria.

En tercer lugar, como se ha dicho, toda esta organización "autónoma" salta por los aires merced a ese "agujero negro" que es el punto 6 de la "iniciativa" ("El Estado conservará sus competencias en los dominios de regalía particularmente en lo relativo a la defensa, a las relaciones exteriores y a las atribuciones constitucionales y religiosas de Su Majestad el Rey"), en relación con el ya citado art. 19 de la Constitución marroquí. Lo anterior significa que el rey de Marruecos, en cualquier momento, puede pasar por encima de cualquier órgano de la región "autónoma" del Sahara.

D) La garantía de la autonomía y el sistema constitucional marroquí.
La garantía de la autonomía del proyecto de 2007 es tan frágil como en el proyecto de 2003. Recordemos que las propuestas de autonomía contenidas en el "Acuerdo marco" de 2001 y en el "plan Baker" de 2003 contenían un punto común: el estatuto no podía ser modificado unilateralmente por Marruecos ni por los órganos de la Autoridad del Sáhara Occidental. en el "plan Baker". Además, eEn el "Acuerdo marco" se establecía una garantía internacional (Francia y USA garantizaban el respeto a lo dispuesto en el mismo).

Pues bien, el proyecto marroquí de 2003 dio un paso atrás y contemplaba la implícitamente posibilidad de que el Estatuto del Sáhara fuera modificado unilateralmente por Marruecos después de su entrada en vigor. Y lo mismo hace el proyecto marroquí de 2007 que afirma que "la Constitución marroquí será revisada y el estatuto de autonomía se incorporará a la misma como prueba de su estabilidad y de su lugar particular dentro del ordenamiento jurídico nacional". Ocurre que al convertir el Estatuto en un apéndice de la Constitución marroquí se permite que el mismo pueda ser modificado por quien puede modificar la Constitución marroquí, esto es, (teóricamente) por el pueblo marroquí, unilateralmente, sin que pueda oponerse el pueblo saharaui. Esto significa que dar naturaleza "constitucional" al estatuto de la RAS, lejos de suponer una mayor garantía, deja la puerta abierta a una modificación unilateral del mismo por parte de Marruecos mediante una reforma de la Constitución.

A mayor abundancia, resulta especialmente oportuna la sugerencia de que un proyecto que sea "serio" y "creíble" debiera establecer que "la libre aceptación del pueblo saharaui de un estatuto de autonomía propio garantizado por las Naciones Unidas (...) sólo podría derogarse o modificarse por el mismo procedimiento" establecido para su aprobación[11], lo que no es el caso del proyecto marroquí de 2007.

E) Los derechos fundamentales.
En materia de derechos fundamentales el proyecto de 2007 carece de toda credibilidad. Tanto el proyecto de "Acuerdo marco" como el "plan Baker" contenían cláusulas de garantía de los derechos fundamentales de la población del Sáhara Occidental. Aquellos cláusulas tenían una credibilidad porque aquellas propuestas tenían una garantía sólida. El proyecto de 2003, sin embargo, no aludía en ningún momento a esta cuestión.

El proyecto de 2007 vuelve a contener una cláusula sobre derechos fundamentales, pero su redacción queda totalmente desvirtuada por el contexto socio-político tal y como ha sido constatado por las propias Naciones Unidas. El proyecto dice que "Las poblaciones de la Región se beneficiarán de todas las garantías que aporta la Constitución marroquí en materia de derechos humanos, tal y como son universalmente reconocidos" (punto 25). Ahora bien, ¿qué "garantías" aporta la Constitución marroquí? Tras el estallido de la "Intifada de la independencia"[12]. A tenor del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), se puede decir que ninguna. En efecto, es tal la represión desencadenada contra la población civil del Sáhara Occidental ocupado que el Secretario General de la ONU decidió enviar al ACNUDH en mayo de 2006 en una misión para evaluar el alcance real de los hechos. El ACNUDH finalmente elaboró su informe, demoledor, sobre las violaciones de derechos humanos por parte de Marruecos en el Sáhara Occidental bajo su control. Ese informe, por presiones de Marruecos y Francia no se ha hecho público, aunque su contenido se ha filtrado a la opinión pública[13]. A la luz de estos hechos, relatados por una instancia neutral y oficial de las Naciones Unidas, la disposición del proyecto marroquí de 2007 resulta un verdadero sarcasmo.

F) El cuerpo electoral.
El proyecto marroquí no define el cuerpo electoral dejando abierta la puerta a interminables técnicas dilatorias que impidan la puesta en práctica de la autonomía saharaui una vez que las Naciones Unidas hayan reconocido eventualmente la "soberanía" marroquí sobre el territorio.

La primera solución para el conflicto del Sáhara Occidental acordada por Marruecos y el Frente Polisario fue el "Plan de paz" de 1988[14]. Sin embargo, es sabido que dicho "Plan" sufrió numerosas dilaciones y un aborto final por causa del censo electoral. En efecto, aunque el Consejo de Seguridad aprobó el plan en 1990 y 1991, la confección del censo, inicialmente prevista para unos meses, se demoró 10 años. Cuando, finalmente, en enero de 2000, la ONU terminó de elaborar el censo y el referéndum era inminente, Marruecos dio marcha atrás.

Precisamente porque el censo es uno de los problemas principales del conflicto, los proyectos de "Acuerdo marco" de 2001, el "plan Baker" de 2003 y el proyecto de autonomía marroquí de 2003 contenían cláusulas que definían con precisión el censo electoral a fin de evitar cualquier táctica dilatoria.

El proyecto marroquí de 2007 no contiene ninguna cláusula sobre el censo, el cual queda sujeto a una nueva negociación. Es éste un nuevo "agujero negro" en el proyecto marroquí. Como bien ha dicho una buena conocedora del asunto, dada la historia del conflicto, son más bien escasas las posibilidades de que las dos partes se pongan de acuerdo mediante negociaciones (como sugiere el proyecto marroquí) en el censo electoral[15]. Aunque también se podría decir que, dada la historia del conflicto, el sugerir que el censo se acuerde mediante negociaciones de las partes en conflicto es un modo de impedir que llegue incluso a existir una autonomía. Algo que, sin duda, invita a poner en duda la credibilidad y seriedad del proyecto marroquí.

Conclusión

El proyecto marroquí de 2007, desde el ángulo del Derecho Internacional aunque contiene la aceptación expresa del principio de autodeterminación, (lo que supone un "esfuerzo" de Marruecos), contiene cláusulas incompatibles con este principio.

Desde la perspectiva del Derecho Constitucional, sin embargo, un análisis de los diversos elementos de la "Iniciativa" marroquí (la distribución de competencias entre Marruecos y el Sáhara Occidental; el sistema de resolución de conflictos entre las dos instancias; la organización de la autonomía; la garantía de la autonomía y el sistema constitucional marroquí; los derechos fundamentales; y el cuerpo electoral) constituye una regresión respecto al proyecto presentado por Marruecos en diciembre de 2003 y es, en todo caso, igualmente un paso atrás respecto a lo que preveía el "Acuerdo Marco" de 2001 y el "plan Baker" de 2003

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by Elhaiba Ould Elkori 9 months ago

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